miércoles, 31 de enero de 2018

Sincronicidad. De Carl G. Jung.









Sincronicidad (sin-, del griego συν-, unión, y χρόνος, tiempo) es el término elegido por Carl Gustav Jung para aludir a «la simultaneidad de dos sucesos vinculados por el sentido pero de manera acausal». «Así pues, emplearé el concepto general de sincronicidad en el sentido especial de una coincidencia temporal de dos o más sucesos relacionados entre sí de una manera no causal, cuyo contenido significativo sea igual o similar». Para evitarse malentendidos «lo diferenciaré del término sincronismo, que constituye la mera simultaneidad de dos sucesos».1

https://es.wikipedia.org/wiki/Sincronicidad


http://www.formarse.com.ar/libros/libros-Jung/JungCarlGustavSincronicidad.PDF


 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

La política de los astros del siglo XVII en la Nueva España. Héctor Aparicio

                El examen de los tratados de algunos astrónomos del siglo XVII en la Nueva España, principalmente Diego Rodríguez y Carlos...