Sixto V, papa entre 1580 y 1587 emitió un decreto por el cual prohibió la práctica de la ciencias ligadas a la Astrología
o adivinación mientras que instaban a los inquisidores a erradicar de la
faz de la tierra a los que las practiquen. Veamos los términos con que
terminaba la bula papal.
"Estos pues, tan livianos y tan
temerarios hombres, en miserable ruina suya de sus almas, en grande
escándalo de los Fieles, y detrimento de la fe Cristiana los
acaecimientos, que han de ser de las cosas quando han de suceder
prosperas, o adversas, los humanos actos, y finalmente las cosas que
dependen de la voluntad libre de los hombres atribuyen a los astros, y a
las estrellas, y danles tanto poder, tanta fuerza, virtud, y eficacia
para significar lo que está por venir, y de inclinar a lo que antes se
conoce, de tal manera, que haya de suceder necesarimente, por lo qual no
dudan de preciarse públicamente, y toman para los juicios, y
pronósticos de todas las cosas, conociéndolas, y diciéndolas antes que
sean".
Sin decirlo, el decreto papal mandaba eliminar astrólogos sin posibilidad que medien autoridades ni leyes de otros países.
Y
continúa: "Y es así que por las reglas del Índice de los libros
prohibidos, hecho por Decreto del Sagrado Concilio general de Trento,
entre las demas cosas se les encarga a los Obispos provean con
diligencia que no se lean, ni se tengan semejantes libros de Astrología
judiciaria, tratados, o índices, que de los futuros contingentes,
sucesos, casos fortuitos, o aquellas acciones que dependan del hombre,
osan afirmar que alguna cosa ha de ser cierta, permitiéndose los
juicios, y observaciones naturales que para ayudar a la navegación,
agricultura, o al arte de Medicina se han escrito".
Para los matemáticos también
"Por
esta constitución que para siempre ha de valer, por la autoridad
Apostólica estatuimos, y mandamos, que así contra los Astrólogos,
Matemáticos, y otros que se atreven a afirmar, que ha de suceder alguna
cosa de los que son sucesos por venir contingentes, y casos fortuitos,
acciones que dependen de la voluntad del hombre, aunque ellos digan, y
protesten que no lo afirman de cierto, contra esos hombres, o mujeres, a
los Obispos y Prelados, superiores, y otros Ordinarios de los lugares,
como también los Inquisidores de la herética pravedad, que donde quiera
están diputados, aunque en muchos d'estos casos no procedían antes, o no
podían proceder con diligencia, hagan Inquisición, y procedan, y los
castiguen severamente con las penas Canónicas, y las demás que les
pareciere, prohibiendo todos, y qualesquier libros, obras, tratados de
esta judiciaria Astrología, Geomancia, Hidromancia, Aeromancia.
Y
por la misma autoridad estatuimos y mandamos que contra los que a
sabiendas leen, o retienen los dichos libros, o aquellos en que se
contienen tales cosas, por el semejante de los mismos, Inquisidores libre,
y licitamente procedan, y puedan proceder, apremiar, y castigar con
penas, sin que estorven constituciones, y ordenaciones Apostólicas".